Sufrir una caída por una baldosa suelta, tropezar en una acera mal mantenida o lesionarse en un parque público son situaciones que muchas personas han vivido o conocen de cerca. En estos casos, es común preguntarse: ¿Quién tiene la culpa? ¿Se puede reclamar una indemnización por daños? ¿Qué pasos hay que seguir?
En este artículo vamos a explicarte cómo funciona la responsabilidad patrimonial de la Administración por accidentes en espacios públicos, cuáles son los requisitos legales para exigir una indemnización y qué procedimiento debes seguir.
¿Qué se entiende por responsabilidad civil en espacios públicos?
La responsabilidad civil en espacios públicos hace referencia a la obligación de indemnizar a quienes sufren un daño derivado del funcionamiento de un servicio público, ya sea un funcionamiento normal o un daño causado a consecuencia del mal estado o negligencia en la gestión de infraestructuras, instalaciones o servicios de titularidad pública: calles, parques, colegios, centros de salud, instalaciones deportivas municipales, etc.
Este derecho se basa en el artículo 106.2 de la Constitución Española, que reconoce que los ciudadanos tienen derecho a ser indemnizados por daños causados por el funcionamiento de los servicios públicos, salvo que concurra fuerza mayor.
Este principio se desarrolla en el artículo 32.1 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), que establece los requisitos para que la Administración sea considerada responsable y deba indemnizar a un particular.
Requisitos para reclamar a la Administración
No todo accidente da lugar automáticamente a una indemnización. Para que prospere una reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración, deben cumplirse ciertos requisitos acumulativos:
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Daño efectivo, evaluable e individualizado
La lesión o daño sufrido debe ser real y concreto, no una mera posibilidad. Debe poder valorarse económicamente y afectar a una persona o personas determinadas. Por ejemplo, una fractura de muñeca causada por una caída, o la rotura de unas gafas tras tropezar en una alcantarilla sin tapa.
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Antijuridicidad del daño
Esto significa que el ciudadano perjudicado no debe tener el deber jurídico de soportar ese daño. Por ejemplo, si se cae por una acera en mal estado y sin señalizar, se entiende que no tiene la obligación de asumir ese riesgo.
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Nexo de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y el daño
Debe demostrarse que el daño se ha producido como consecuencia directa de la acción u omisión de la Administración. Si el accidente se debió exclusivamente a una conducta imprudente del perjudicado (por ejemplo, ir corriendo mientras miraba el móvil), puede haber culpa exclusiva o concurrente, lo que limitaría o excluiría la responsabilidad.
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Ausencia de fuerza mayor
Si el daño se produce por una causa imprevisible e inevitable (como un terremoto o una tormenta repentina), no existe responsabilidad patrimonial de la Administración.
¿Quién responde? ¿Siempre es responsable la Administración?
No necesariamente. La clave está en quién tiene el deber de conservación del lugar donde ocurrió el accidente. Existen tres posibilidades:
- Administración pública: si el accidente se produjo en una vía pública (acera, parque, edificio municipal, colegio público), la responsabilidad puede recaer en el Ayuntamiento, Diputación o Comunidad Autónoma.
- Particular o empresa privada: si el accidente fue causado por un elemento privado (una maceta que cae desde un balcón, una baldosa suelta de un local comercial), la responsabilidad sería del propietario.
- Empresa concesionaria o de mantenimiento: cuando hay empresas contratadas para el cuidado o limpieza de espacios públicos, puede existir una responsabilidad directa o subsidiaria por parte de estas compañías.
Casos comunes de accidentes en espacios públicos
Los accidentes más frecuentes en espacios públicos, según la experiencia judicial y administrativa, incluyen:
- Tropezones por baldosas levantadas o sueltas
- Caídas por baches o desniveles no señalizados
- Resbalones por suelos mojados sin advertencia
- Golpes por elementos mal sujetos (rejas, tapas de alcantarilla, mobiliario urbano)
- Caídas de ramas, árboles o elementos de obras públicas
- Accidentes por falta de vigilancia en centros escolares o deportivos
¿Qué hacer si sufres un accidente en un espacio público?
Actuar con rapidez es fundamental. Aquí te indicamos los pasos esenciales:
- Busca atención médica inmediata. Acude a urgencias y guarda todos los informes médicos. El parte debe describir el tipo de lesión y su relación con el accidente.
- Toma fotografías o vídeos del lugar donde ocurrió el accidente, desde varios ángulos. Documentar el estado del pavimento, la falta de señalización o el obstáculo es clave.
- Busca testigos. Si alguien presenció el accidente, recoge su nombre y contacto. Pueden ayudar a reforzar tu versión.
- Solicita intervención policial si es posible, para que levanten un atestado o parte de intervención.
- Guarda todos los recibos y justificantes: transporte, medicamentos, tratamientos, reparaciones de objetos dañados…
- Consulta con un abogado especializado. Es muy recomendable contar con asesoramiento legal desde el principio para redactar correctamente la reclamación y maximizar tus posibilidades de éxito.
¿Cómo se reclama la indemnización?
La vía para hacerlo es la reclamación por responsabilidad patrimonial ante la Administración competente. Esta reclamación se presenta según lo previsto en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común (LPAC), especialmente en sus artículos 65 a 67.
Contenido de la reclamación
El escrito solicitando la responsabilidad patrimonial de la Administración debe incluir:
- Datos personales del reclamante
- Descripción del accidente: lugar, fecha, hora, circunstancias
- Pruebas: fotos, informes médicos, testigos, parte policial
- Descripción del daño: físico, moral, material, económico
- Cuantificación de la indemnización solicitada
- Fundamento legal de la reclamación: artículo 106.2 CE, artículo 32 de la RJSP, etc.
La reclamación puede presentarse por registro electrónico o presencialmente ante el Ayuntamiento u organismo responsable del lugar del accidente.
Plazos para reclamar
El plazo para presentar la reclamación es de un año desde el día del accidente o desde que se produce la curación de las lesiones o estabilización de las secuelas. Este plazo es de caducidad: si pasa, se pierde el derecho a reclamar.
Una vez presentada la reclamación, la Administración tiene seis meses para resolver. Si no lo hace, se considera desestimada por silencio administrativo negativo.
¿Qué hacer si la reclamación es rechazada?
En caso de respuesta negativa o silencio, existen dos opciones:
- Recurso de reposición ante el mismo órgano (plazo: 1 mes)
- Recurso contencioso-administrativo ante el juzgado competente (plazo: 2 meses)
En esta fase es muy recomendable contar con asistencia letrada para valorar la viabilidad del recurso judicial y reunir las pruebas necesarias.
¿Qué indemnización puedo obtener?
La indemnización debe cubrir todos los daños y perjuicios sufridos, incluyendo:
- Gastos médicos y farmacéuticos
- Tratamientos y rehabilitación
- Lucro cesante (pérdida de ingresos)
- Daños materiales (ropa, gafas, teléfono…)
- Perjuicio moral y secuelas
Como criterio orientador, los tribunales suelen aplicar el Baremo de accidentes de tráfico regulado por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, actualizado anualmente.
También se indemnizan las secuelas físicas o estéticas, si quedan, así como el daño moral en caso de impacto psicológico o limitación vital.
En conclusión, la responsabilidad civil por accidentes en espacios públicos está respaldada por el ordenamiento jurídico español. Cuando una acera en mal estado, una tapa de alcantarilla desplazada o una obra sin señalizar causa un daño, el ciudadano tiene derecho a reclamar una compensación, con base en la responsabilidad patrimonial de la Administración.
Eso sí, hay que actuar con rapidez, reunir pruebas, presentar la reclamación en plazo y, si es necesario, acudir a los tribunales. Y, sobre todo, contar con el apoyo de profesionales especializados en responsabilidad patrimonial puede marcar la diferencia entre recibir una indemnización justa o quedarse sin ella.