Enfrentarse a una agresión física no solo es un hecho traumático a nivel personal, sino que también puede dar lugar a un proceso penal por lesiones, dependiendo de la gravedad de los daños causados y de las circunstancias del hecho.
En este artículo, te explicamos los pasos que debes seguir si has sido víctima de una agresión física y cómo se desarrolla este proceso penal.
Definición de delito de lesiones y tipos según el Código Penal
El delito de lesiones está regulado en los artículos 147 a 156 quinquies del Código Penal (CP). Dependiendo de la gravedad de la lesión, el agresor puede enfrentarse a diferentes penas, desde multas hasta penas de prisión. De este modo, existen distintos tipos de lesiones:
El tipo básico del delito de lesiones:
Es el descrito en el artículo 147.1 del CP, que establece que será penado quien, por cualquier medio, cause a otro un menoscabo en su integridad corporal o en su salud física o mental, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico, entendiéndose por tratamiento médico toda acción prolongada más allá de una primera asistencia médica.
Quien cometa este delito podrá ser penado con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses.
El delito leve de lesiones:
Se da cuando los daños que se han producido no requieren de tratamiento médico o quirúrgico (artículo 147.2 del CP).
La pena que conlleva causar unas lesiones leves es la de multa de uno a tres meses.
Las modalidades agravadas del delito de lesiones:
Por la forma de ejecución o condición-relación con la víctima (artículo 148 del CP): se podrá imponerla pena de prisión de dos a cinco años si:
- En la agresión se hubieren utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado.
- Ha habido ensañamiento o alevosía.
- La víctima es menor de doce años o persona con discapacidad necesitada de especial protección.
- La víctima es o ha sido esposa o similar.
- La víctima es una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.
Por el resultado producido:
- Artículo 149 del CP: se castigará con pena de prisión de seis a doce años a quien cause a otro la pérdida (desaparece el miembro) o la inutilidad (desaparece la funcionalidad) de un órgano o miembro principal, o de un sentido, la impotencia, la esterilidad, una grave deformidad, o una grave enfermedad somática o psíquica.
- Artículo 150 del CP: se castigará con la pena de prisión de tres a seis años a quien cause a otro la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro no principal, o la deformidad.
Las lesiones imprudentes:
Cuando las lesiones, en cualquiera de los casos anteriormente descrito, se producen sin intención directa, pero debido a una negligencia o descuido grave.
Pasos a seguir tras sufrir una agresión física
Acudir a un centro médico y obtener un parte de lesiones
El primer paso tras sufrir una agresión física es recibir atención médica. No solo es importante para tu salud, sino que también la documentación médica será una prueba crucial en el proceso penal. Debes solicitar un informe médico o parte de lesiones que detalle las lesiones sufridas (cortes, fracturas, hematomas, etc.), su gravedad y las posibles secuelas. Este informe será clave para valorar el tipo de delito.
Presentar una denuncia
Una vez hayas recibido atención médica, el siguiente paso es acudir a una comisaría o al juzgado de guardia para presentar una denuncia.
En la denuncia debes incluir toda la información posible sobre los hechos: lugar, hora, circunstancias y, si es posible, la identidad del agresor. Si hay testigos, es conveniente mencionarlos, ya que podrían aportar declaraciones clave.
Aportar pruebas
Es fundamental aportar cualquier tipo de prueba que respalde tu denuncia. Además del informe médico, puedes adjuntar fotografías de las lesiones, ropa dañada, vídeos de cámaras de seguridad y cualquier otro elemento que pueda ayudar a demostrar la agresión.
Si cuentas con testigos, deberán prestar declaración ante la autoridad judicial. Sus testimonios pueden ser determinantes en el proceso.
Inicio del proceso penal
Una vez presentada la denuncia, se iniciará el proceso penal. Este proceso puede desarrollarse de distintas maneras, dependiendo de la gravedad de las lesiones.
- Delitos leves: Si las lesiones se consideran leves, el procedimiento podrá tramitarse a través de un juicio rápido.
- Delitos graves: En casos de lesiones graves, se seguirá el procedimiento abreviado u ordinario, dependiendo de la pena que conlleven las lesiones causadas.
Pruebas en el juicio
Como anteriormente comentamos, una parte esencial del proceso es la presentación de pruebas. El parte de lesiones será una prueba crucial, así como los testimonios de testigos o cualquier grabación de cámaras de seguridad que pueda existir. Además, es probable que el juez ordene un informe pericial realizado por un médico forense, quien valorará la gravedad de las lesiones y su relación con la agresión sufrida.
Otras pruebas pueden incluir:
- Declaraciones de la víctima y del acusado.
- Documentación de antecedentes médicos previos, si es necesario.
- Pruebas adicionales aportadas por las partes, como fotografías de las lesiones.
Asistencia de un abogado
Es recomendable contar con la asistencia de un abogado especializado en derecho penal desde el inicio del proceso. Tu abogado te asesorará sobre los pasos a seguir, representará tus intereses y se asegurará de que tus derechos sean respetados.
Solicitud de medidas cautelares
En casos de agresión física, especialmente si el agresor tiene antecedentes de violencia o si existe un riesgo de reiteración, es posible solicitar medidas cautelares, como una orden de alejamiento o la prohibición de comunicación entre el agresor y la víctima.
El artículo 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal regula las órdenes de protección, que incluyen estas medidas cautelares para garantizar la seguridad de la víctima.
Juicio
El proceso penal por lesiones culmina en un juicio, donde tanto la víctima como el agresor deberán acudir para presentar sus respectivas versiones de los hechos. En esta etapa, se analizarán las pruebas aportadas, los testimonios y los informes médicos.
El juez será quien determine si las pruebas son suficientes para condenar al agresor.
Sentencia
Una vez finalizado el juicio, el juez dictará una sentencia. Si el agresor es condenado, se le impondrá una pena acorde a la gravedad del delito.
Indemnización
Además de las penas impuestas por el juez, el agresor puede ser condenado a pagar una indemnización a la víctima. Esta indemnización debe cubrir:
- Gastos médicos derivados de la agresión.
- Lucro cesante, si la víctima ha tenido que dejar de trabajar debido a las lesiones.
- Daños morales, como el sufrimiento emocional causado por la agresión.
El cálculo de la indemnización se basará en el Baremo de Lesiones, un documento utilizado para valorar los daños y establecer una compensación económica adecuada.
Recurso
En caso de que cualquiera de las partes no esté conforme con la sentencia, es posible presentar un recurso de apelación ante una instancia superior. El artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal regula este procedimiento, que permite revisar la decisión del juez.
Rehabilitación y seguimiento
Finalmente, si has sido víctima de una agresión física, no solo debes centrarte en el aspecto legal. Es crucial seguir un proceso de rehabilitación tanto física como psicológica. A veces, las secuelas emocionales pueden ser tan importantes como las físicas, y es fundamental contar con el apoyo adecuado.
En conclusión, el proceso penal por lesiones sigue un camino claro, desde la obtención de un parte médico hasta la posible indemnización por daños. Es esencial actuar con rapidez tras una agresión física, denunciando el incidente y proporcionando las pruebas necesarias para que se haga justicia. Además, contar con la asistencia de un abogado especializado en derecho penal puede ser crucial para asegurarse de que el proceso se desarrolle correctamente y que se obtenga la compensación adecuada.